miércoles, 11 de junio de 2008

CONFEDERACIÓN DE NACIONALIDADES AMAZÓNICAS DEL PERÚ
DEFENSA DE LA CULTURA Y BIODIVERSIDAD DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

PRONUNCIAMIENTO
A la opinión pública:

La Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú, CONAP, organización gremial indígena de la amazonía peruana que agrupa a 200,000 indígenas organizados en 35 Federaciones de Comunidades Nativas, habiendo tomado conocimiento de la aprobación del Decreto Legislativo 1015, publicado el 20 de mayo del 2008 en el Diario Oficial El Peruano, manifiesta su firme rechazo a éste, por lo siguiente:

1. El Decreto Legislativo 1015 sostiene que su objetivo es la promoción de la inversión privada y la mejora de la competitividad de la producción agropecuaria, lo cual no corresponde con la medida adoptada. Y establece que una comunidad campesina o nativa podrá disolverse con el voto del 50% de sus miembros y podrá disponer sus tierras simplemente con la aprobación del 50% de los asistentes a una asamblea ordinaria. De esta forma, bastará que un grupo mínimo de comuneros así lo decida para que las comunidades nativas pierdan sus tierras ancestrales.

2. Las comunidades campesinas y nativas no han participado del diseño de esta norma. Por tanto, se ha vulnerado el derecho de éstos a ser informados y consultados previamente -de forma directa o a través de sus instituciones representativas- mediante mecanismos de consulta y participación adecuados sobre cualquier medida legislativa que los afecte, de acuerdo con el Convenio OIT N° 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, ratificado por el Estado peruano.

3. Se debe tener en cuenta que mediante la Ley N° 29157, el Congreso de la República delegó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre materias relacionadas con la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos (TLC). De ninguna manera el Poder Ejecutivo puede excederse haciendo una interpretación extensiva de las referidas facultades otorgadas y aprobar normas que afectan derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Política y por los tratados internacionales.

4. La aprobación de una norma de esta naturaleza desconoce el rol del Estado de garantizar una protección especial de las tierras y territorios de los pueblos indígenas pues no observa que se trata de bienes colectivos y no individuales susceptibles de someterse a las regulaciones comunes del mercado, puesto que de dichos bienes depende la subsistencia misma de la identidad y la vida de los pueblos indígenas.

5. En la práctica, el DL 1015 promueve la parcelación de las tierras y territorios de las comunidades nativas, poniendo en grave riesgo su supervivencia, así como la existencia de sus diversas identidades culturales y formas de organización comunal.

Por lo anteriormente expuesto, consideramos que el Decreto Legislativo 1015 es inconstitucional y debe ser derogado. En tal sentido, expresamos nuestro total apoyo a las demandas de inconstitucionalidad del DL 1015 que fueran presentadas tanto por la Defensora del Pueblo como por un grupo de parlamentarios del Congreso de la República, y nos adherimos a los esfuerzos de todas las organizaciones e instituciones que respaldan nuestra labor por el respeto de los derechos de los pueblos indígenas.
Oseas Barbarán Sánchez - DNI 21149963. Presidente de la CONAP
Luís Camacho Cristina - DNI 21007568 Vicepresidente de CART (Central Asháninka de Río Tambo)
Edwin Dávila Dahua - DNI 43068710 Presidente de OMIDIH (Organización de Manejo Intercultural de Desarrollo Inga Huasaga)
Robinson Sandy Hualinga – DNI 05711351 Presidente de FEPIBAC (Federación de Pueblos Indígenas de Bajo Corrientes)
Josué Faquin Fernández – DNI 00057587 Presidente de FECONADIT (Federación de Comunidades Nativas del Distrito de Iparía)
Fernando Estrella Ocuxano – DNI 00185583 Presidente de FENACOCA (Federación Nativa de Comunidades Cacataibos)
Samuel Sánchez Magín – DNI 80487979 Presidente de FECONAU (Federación de Comunidades Nativas del Ucayali)
Guillermo Gómez Canayo – DNI 00053461 Vice-Presidente de FECONAU (Federación de Comunidades Nativas del Ucayali)
Marcos Rojas Panduro – DNI 00057247 Coordinador Regional de la Sede Regional de CONAP-UCAYALI
Juan Tamani Ricopa – DNI 00074426 Presidente de FENACU (Federación Nativa de Cocamas de Ucayali)
Lorenzo Barbarán Linares – DNI 40826370
Presidente de FECONACURPI (Federación de Comunidades Nativas de la Cuenca del Río Pisqui)
María Aurora Urquía Campos – DNI 04961227 Presidenta de FECONAYY (Federación de Comunidades Nativas Yines-Yamis "Guillermo Cushishinari")
Luís Vásquez Ríos – DNI= 24996490 Presidente de CECONAMA (Central de Comunidades Nativas Machiguengas )
Adriano Katip Yanua – DNI 33596551 Presidente de OCCAAM (Organización Central de Comunidades Aguarunas de Alto Marañon)
Daniel Francisco Inchipish – DNI 33760100 Presidente de FAD (Federación Aguaruna Domingusa)
Ángel Chimanca Mahuanca – = DNI 20976468 Presidente de CONOAP (Consejo Nomatsiguenga Ashaninka de Pangoa)
Jonathan Charete Quinchoker – DNI 42114768 Presidente de OCARE (Organización Central Ashaninka del Río Ene)
Efra= ín Ankuash Pujupat – Presidente de FECONARIN (Federación de Comunidades Nativas Aguarunas de Río Nieva)
Ysaias Chapay Miguel – DN= I 20986020 Presidente de FECONACA (Federación de Comunidades Nativas Campa Ashaninka)
Tomasa Renginfo Pua – DNI 05388867 Presidente de FEDEMUSHAL (Federación de Desarrollo de Mujeres Shawis)
Ernest= o Antazú Álvarez – DNI 04323440
Presidente de FECONAYA (Federación de Comunidades Nativas Yaneshas)

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